Tasas de alcoholemia/drogas y sanciones
Límite actual
(hasta entrada en vigor de la reforma)
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Conductores generales:
0,5g/l de sangre o 0,25mg/l en aire espirado. -
Conductores noveles o profesionales:
0,3g/l de sangre o 0,15mg/l en aire.
Reforma de 2025
(pendiente de publicación en BOE)
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Límite único para todos los conductores:
0,2g/l en sangre. 0,1mg/l en aire espirado.
Sanciones
(según nueva reforma)
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0,1–0,25mg/l aire o 0,2–0,5g/l sangre:
200€ y ‑2 puntos
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0,26–0,50mg/l aire o 0,5–1,0g/l sangre:
500€ y ‑4 puntos
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0,51mg/l aire o >1,0g/l sangre:
1000€ y ‑6 puntos
Delito penal significativo:
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0,60mg/l aire o >1,2g/l sangre
3–6 meses de prisión o multa y retirada del permiso de 1 a 4 años.
Tolerancia CERO
- Se prohíbe conducir con presencia de drogas (cannabis, cocaína, anfetaminas, etc.)
- Prueba mediante test de saliva y analítico si es positivo.
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SANCIÓN LEVE:
1000€ y ‑6puntos -
DELITO PENAL:
Conducir bajo los efectos
3–6 meses prisión o multa + retirada del permiso de 1 a 4 años.
Negativa a las pruebas
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DELITO PENAL
6 meses a 1 año de prisión + retirada del permiso de 1 a 4 años.
Otras medidas
- Prohibición de compartir la ubicación de controles policiales por redes/WhatsApp: se considerará infracción muy grave.
- Intensificación de controles para estas fechas: campañas periódicas como en Navidad (16–22 diciembre 2024) mostraron que en 2023 el 26% de siniestros mortales tenían presencia de alcohol, y el 53,6% de fallecidos dieron positivo en alcohol, drogas o psicofármacos.